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Calculadora de IVA

Calcula el Impuesto al Valor Agregado - agrega IVA al precio neto o extrae IVA del precio bruto

Fórmulas de Cálculo de IVA

Agregar IVA (Neto a Bruto)
Cargando fórmula...
Quitar IVA (Bruto a Neto)
Cargando fórmula...
Monto del IVA
Cargando fórmula...
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Tasas de IVA por País:

Entendiendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA)

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto al consumo aplicado a productos y servicios en cada etapa de producción o distribución. A diferencia del impuesto sobre ventas que solo se aplica en la venta final, el IVA se recauda de forma incremental a lo largo de la cadena de suministro, con cada negocio pagando IVA en sus compras y cobrando IVA en sus ventas.

El IVA se usa en más de 160 países en todo el mundo, incluyendo todos los países de América Latina, la Unión Europea, Reino Unido, Canadá (como GST/HST), Australia (como GST) y muchos países asiáticos. Estados Unidos es notable por no tener un sistema federal de IVA, en su lugar usa impuestos sobre ventas a nivel estatal.

Para los consumidores, el IVA aparece como un costo adicional en las compras. Para las empresas, el IVA es generalmente neutral ya que pueden reclamar el IVA pagado en compras de negocios contra el IVA cobrado en ventas, efectivamente solo remitiendo la porción de 'valor agregado' al gobierno.

Tasas de IVA en América Latina

Las tasas de IVA varían significativamente entre países y frecuentemente incluyen múltiples niveles de tasas para diferentes categorías de productos.

PaísTasa GeneralTasa ReducidaNotas
México 16% 0% 0% para alimentos básicos, medicinas
España 21% 10% 4% para alimentos básicos
Argentina 21% 10.5% Tasas reducidas para ciertos bienes
Colombia 19% 5% Canasta básica exenta
Chile 19% - Tasa única
Perú 18% - IGV incluye impuesto municipal
Uruguay 22% 10% Tasa reducida para productos básicos
Ecuador 12% 0% 0% para productos básicos
Costa Rica 13% 4%, 2%, 1% Múltiples tasas reducidas
Guatemala 12% - Tasa única

Tipos de Cálculos de IVA

Agregar IVA

Comienza con precio neto, multiplica por (1 + tasa IVA). $100 + 16% IVA = $116 bruto.

Quitar IVA

Divide bruto por (1 + tasa IVA). $116 ÷ 1.16 = $100 precio neto.

📊

Encontrar Monto de IVA

Del bruto: multiplica por (tasa IVA ÷ (100 + tasa IVA)). $116 × (16/116) = $16 IVA.

🧾

Desglose de Factura

Siempre muestra neto, IVA y bruto por separado en facturas de negocios para cumplimiento.

IVA para Empresas

📋

Umbral de Registro

La mayoría de los países requieren registro de IVA una vez que la facturación excede un umbral. México: actividad empresarial. España: 1 euro. Algunos países no tienen umbral.

🔄

Recuperación de IVA de Entrada

Las empresas registradas reclaman el IVA pagado en gastos de negocio. Guarda todas las facturas que muestren IVA para tus registros.

🌍

Ventas Transfronterizas

Las exportaciones B2B típicamente tienen tasa cero. Las ventas B2C a consumidores de otros países siguen las tasas del país de destino.

📆

Fechas de Vencimiento

Las declaraciones de IVA son típicamente mensuales o bimestrales. La presentación tardía genera multas e intereses en la mayoría de las jurisdicciones.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre IVA e impuesto sobre ventas?

El IVA se recauda en cada etapa de producción y permite a las empresas reclamar el impuesto sobre los insumos. El impuesto sobre ventas solo se recauda en la venta final a consumidores. El IVA generalmente se considera más eficiente y difícil de evadir.

¿Cómo calculo el IVA hacia atrás desde un precio bruto?

Divide el precio bruto por (1 + tasa IVA como decimal). Para IVA del 16%: $116 ÷ 1.16 = $100 neto. El monto del IVA es $116 - $100 = $16.

¿Todos los productos están sujetos al IVA?

No. La mayoría de los países tienen exenciones (sin IVA, no se puede reclamar IVA de entrada) y bienes con tasa cero (0% IVA, se puede reclamar IVA de entrada). Las exenciones comunes incluyen servicios financieros, educación y salud.

¿Debo cobrar IVA en exportaciones?

Las exportaciones a países sin IVA típicamente tienen tasa cero. Dentro de bloques comerciales, las ventas B2B pueden usar mecanismos de cargo inverso. Las reglas varían por destino, así que consulta las regulaciones locales.

Cómo usar esta calculadora de IVA

  1. Elige un modo: Agregar IVA (parte del Precio Neto y suma el impuesto) o Quitar IVA (parte del Precio Bruto y extrae el IVA ya incluido).
  2. Introduce el Precio Neto (Sin IVA) si vas a sumar el impuesto, o el Precio Bruto (Con IVA) si vas a extraerlo — el formulario cambia los campos al alternar entre modos.
  3. Escribe la Tasa de IVA (%) del país correspondiente, o pulsa un botón de Tasa por País (España 21%, México 16%, Argentina 21%, Chile 19%, etc.) para rellenarla automáticamente.
  4. Pulsa Calcular IVA para ver el precio neto, el importe del IVA y el precio bruto juntos, con una barra visual que muestra qué parte del total es impuesto.
  5. Usa Reiniciar para vaciar el formulario antes del siguiente cálculo. Para facturas conserva las tres cifras — base imponible, cuota de IVA y total — porque la AEAT exige mostrarlas separadas.

Ejemplos

Básico: añadir IVA general español a una base imponible

Un autónomo en Madrid factura 1.000 € de servicios de consultoría a una empresa española y debe sumar el IVA general del 21% antes de enviar la factura por el modelo 303.

ResultadoCuota de IVA 210,00 €. Precio bruto 1.210,00 €. El autónomo cobra 1.210 € al cliente y declara los 210 € como IVA repercutido en la siguiente autoliquidación trimestral.

La calculadora aplica Bruto = Neto × (1 + Tasa/100) = 1.000 × 1,21 = 1.210. Los 210 € son IVA repercutido: dinero que el autónomo mantiene en custodia para la AEAT, no ingresos propios. Si pagó IVA soportado en gastos profesionales ese trimestre (material, alquileres, suministros con factura), esas cuotas se restan de los 210 € antes de ingresar el saldo mediante el modelo 303.

Intermedio: extraer el IVA reducido de un ticket de restaurante

Una empresa registra una comida de trabajo en Barcelona con factura de 110 € que ya incluye el 10% de IVA reducido aplicable a hostelería y restauración. Necesita la base imponible para contabilizar el gasto y deducir la cuota soportada.

ResultadoPrecio neto 100,00 €. Cuota de IVA 10,00 €. Los 100 € son la base imponible que se contabiliza como gasto deducible y los 10 € como IVA soportado recuperable.

En modo Quitar IVA se aplica Neto = Bruto / (1 + Tasa/100) = 110 / 1,10 = 100. El IVA es la diferencia: 110 − 100 = 10 €. Un error habitual es multiplicar 110 € por 10% (saldrían 11 €), pero eso sobrestima la cuota porque el 10% se aplica sobre la base imponible, no sobre el total. Recuerda que las comidas con clientes solo son deducibles si están vinculadas a la actividad y se conserva la factura completa, no un simple tique.

Caso avanzado: venta intracomunitaria con inversión del sujeto pasivo

Una agencia de software con sede en Valencia factura 5.000 € por servicios de desarrollo a un cliente empresarial en Alemania. Ambas partes están dadas de alta en el ROI (VIES), por lo que se aplica la inversión del sujeto pasivo y la factura se emite sin IVA español.

ResultadoLa factura del proveedor español se emite por 5.000,00 € con 0 € de IVA repercutido. El cliente alemán autoliquida 950,00 € de IVA repercutido y 950,00 € de IVA soportado en su declaración — impacto neto de caja cero si tiene derecho a deducción plena.

La inversión del sujeto pasivo (Art. 196 de la Directiva 2006/112/CE) traslada la obligación de liquidar el IVA del proveedor al cliente. La calculadora muestra la cuota que el comprador debe autoliquidar: 5.000 × 0,19 = 950 €. La factura española no lleva IVA pero debe mencionar la inversión del sujeto pasivo y los NIF-IVA de ambas partes. La operación se declara en el modelo 349 (recapitulativa) y en el modelo 303 sin cuota a ingresar.

Cómo funciona

El IVA es un impuesto sobre el consumo que se recauda en cada fase de la cadena de producción y distribución. La calculadora cubre las dos operaciones habituales: cálculo directo (Bruto = Neto × (1 + r)) cuando una empresa añade IVA a una base imponible, y cálculo inverso (Neto = Bruto / (1 + r)) cuando se extrae el IVA ya incluido en un total. La cuota es siempre la diferencia entre bruto y neto.

La tasa r se expresa como decimal: el 21% pasa a 0,21. La misma aritmética sirve para cualquier tipo que acepte la calculadora (de 0% a 50%), lo que cubre todos los regímenes activos de IVA, IGIC, IGV, IVA y GST del mundo. Los tipos reducidos para alimentación, transporte, hostelería o medicamentos usan la misma fórmula con un porcentaje menor; solo cambia el número que introduces.

El redondeo importa en las facturas. La AEAT exige calcular el IVA sobre la base total de cada operación y redondear al céntimo, no sumar valores ya redondeados por línea. Como comprobación rápida, divide el bruto entre 5,76 para aproximar IVA del 21%, entre 11 para el reducido del 10% o entre 26 para el superreducido del 4%.

En Canarias, Ceuta y Melilla no se aplica el IVA peninsular. Canarias usa el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) con tipo general del 7%, y Ceuta y Melilla aplican el IPSI. Si introduces precios canarios, ajusta el porcentaje al IGIC correspondiente: la fórmula de la calculadora funciona igual, solo cambia el tipo.

Cuándo usar esta calculadora

  • Emitir una factura como autónomo o empresa. Añade el tipo de IVA correcto (21% general, 10% reducido o 4% superreducido) a la base imponible para que el total que cobras al cliente coincida con lo que tendrás que ingresar en el modelo 303 trimestral.
  • Comprobar un ticket o factura de hostelería. Extrae el IVA ya incluido en un precio con impuestos para anotar el gasto neto en la contabilidad o en notas de gastos y deducir el IVA soportado si la operación está vinculada a la actividad.
  • Comparar precios entre países. Quita el IVA de los precios al consumidor para comparar de forma homogénea. En España los precios al público se muestran con IVA incluido; los presupuestos B2B suelen ir sin IVA.
  • Estimar el IVA del comercio electrónico transfronterizo. Aplica el tipo del país de destino a la base de venta para estimar el IVA que un vendedor debe ingresar mediante la Ventanilla Única (OSS) en ventas a consumidores de la UE.
  • Validar facturas de proveedores antes de contabilizarlas. Vuelve a calcular la cuota de IVA de una factura recibida y confirma que coincide con el tipo y la base antes de registrarla en el Libro Registro de Facturas Recibidas y deducir el IVA soportado.

Errores frecuentes

  • ErrorMultiplicar el precio bruto por la tasa de IVA para hallar el impuesto ya incluido.
    SoluciónUsa la fórmula inversa Neto = Bruto / (1 + r) y después IVA = Bruto − Neto. Para el 21% español, divide el bruto entre 1,21, no multipliques por 0,21.
  • ErrorAplicar el tipo general del 21% a productos con tipo reducido o superreducido.
    SoluciónComprueba la clasificación: pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos y medicamentos para uso humano van al 4%. Hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva y la mayor parte de alimentación al 10%. Confirma siempre antes de facturar.
  • ErrorCobrar IVA peninsular a clientes de Canarias, Ceuta o Melilla.
    SoluciónLas entregas a Canarias, Ceuta y Melilla son exportaciones a efectos de IVA y van con tipo cero (exentas con derecho a deducción). El destinatario liquida IGIC o IPSI en su territorio. Conserva la documentación aduanera como prueba.
  • ErrorOlvidar el recargo de equivalencia al facturar a minoristas autónomos.
    SoluciónLos autónomos minoristas en régimen de recargo de equivalencia pagan al proveedor el IVA más un recargo adicional (5,2% sobre el general, 1,4% sobre el reducido, 0,5% sobre el superreducido y 1,75% sobre el tabaco). El proveedor lo repercute en la factura y lo ingresa en su modelo 303.
  • ErrorConsiderar el IVA cobrado a clientes como ingreso de la empresa.
    SoluciónEl IVA repercutido se mantiene en custodia para la Hacienda Pública. Sepáralo en una cuenta o subcuenta contable (cuenta 477) para que esté disponible cuando venza el modelo 303 trimestral o el resumen anual 390.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de IVA están vigentes en España en 2026?

En la península y Baleares conviven tres tipos: general 21% (regla por defecto), reducido 10% (hostelería y restauración, transporte de viajeros, vivienda nueva, entradas a espectáculos) y superreducido 4% (pan común, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos y medicamentos de uso humano). Canarias aplica IGIC en lugar de IVA, con tipo general del 7%; Ceuta y Melilla aplican el IPSI.

¿Cuál es la diferencia entre IVA e IGIC?

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el equivalente al IVA en las Islas Canarias, regulado por la Ley 20/1991. Tiene tipos más bajos: cero (alimentos básicos, libros, vivienda habitual), 3% reducido, 7% general, 9,5% incrementado y 15% especial. Las ventas peninsulares a Canarias están exentas de IVA porque se consideran exportaciones, y el destinatario liquida el IGIC en la importación.

¿Cómo calculo el IVA inverso desde un precio con impuestos?

Divide el precio bruto entre (1 + el tipo de IVA en decimal). Para el 21% general: 121 € / 1,21 = 100 € de base imponible y la cuota es 121 − 100 = 21 €. Para el 10% reducido en un ticket de 110 €: 110 / 1,10 = 100 € de base y 10 € de cuota. Multiplicar el bruto directamente por el porcentaje sobrestima la cuota porque el tipo se aplica sobre la base, no sobre el total.

¿Cuándo se presenta el modelo 303 y el modelo 390?

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA y se presenta entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre, y entre el 1 y el 30 de enero para el cuarto trimestre. Las grandes empresas presentan el modelo 303 mensualmente. El modelo 390 es el resumen anual informativo, se presenta en enero del año siguiente y consolida las cuatro autoliquidaciones del ejercicio.

¿Qué es el recargo de equivalencia y a quién aplica?

Es un régimen especial obligatorio para autónomos minoristas (persona física o entidad en atribución de rentas) que venden al consumidor final sin transformar el producto. El proveedor les repercute IVA más un recargo adicional: 5,2% sobre el tipo general, 1,4% sobre el reducido, 0,5% sobre el superreducido y 1,75% sobre el tabaco. A cambio, el minorista no presenta modelo 303 ni puede deducir el IVA soportado.

¿Qué es la inversión del sujeto pasivo y cuándo aplica?

Es el mecanismo por el que la obligación de liquidar el IVA pasa del proveedor al cliente. Se aplica habitualmente en operaciones intracomunitarias B2B con clientes registrados en el VIES (Art. 196 Directiva IVA), en ciertas entregas de inmuebles, ejecuciones de obra inmobiliaria y operaciones con oro de inversión. El proveedor emite la factura sin IVA y el cliente autoliquida la cuota como repercutida y soportada simultáneamente.

¿Cuál es el umbral para darse de alta en el IVA en España?

España no tiene umbral mínimo: cualquier autónomo o empresa que realice una actividad sujeta al IVA debe darse de alta desde el primer euro mediante el modelo 036 o 037. Esto contrasta con Reino Unido (85.000 £ / 12 meses) o Alemania (22.000 €/año en el régimen de pequeñas empresas). Sí existe un régimen simplificado y el régimen de recargo de equivalencia para perfiles concretos.

¿Puedo deducir el IVA de la comida con un cliente o un viaje de trabajo?

Es deducible si está directamente vinculado a la actividad económica y se conserva factura completa (no tique simple) con tus datos fiscales. Las comidas y desplazamientos por motivos profesionales del autónomo o de los empleados son deducibles dentro de los límites de moderación. Hospedaje y transporte de viajeros tributan al 10% reducido. Conserva justificantes durante al menos cuatro años por si la AEAT requiere prueba.

¿Cómo funciona el IVA en ventas online a otros países de la UE?

Desde julio de 2021 se aplica la Ventanilla Única (OSS). Si tus ventas a distancia B2C a consumidores de la UE superan 10.000 € anuales en conjunto, debes cobrar el IVA del país del comprador. En lugar de registrarte en cada Estado, puedes declararlo todo trimestralmente en el modelo 369 a través de la AEAT, que distribuye el ingreso a cada Hacienda nacional. Las ventas B2B con NIF-IVA siguen la regla de inversión del sujeto pasivo.

¿Qué diferencia hay entre operación exenta y operación con tipo cero?

En las operaciones con tipo cero (exportaciones a fuera de la UE, entregas intracomunitarias) no se repercute IVA pero el vendedor sí puede deducir el IVA soportado de sus compras. En las operaciones exentas (servicios médicos, enseñanza reglada, servicios financieros, alquiler de vivienda habitual) tampoco se repercute IVA, pero el proveedor no puede deducir el IVA soportado, que se convierte en mayor coste. La diferencia es fundamental para el cálculo de la prorrata.

¿El IVA prescribe? ¿Cuánto tiempo guardo las facturas?

La AEAT puede revisar el IVA durante los cuatro años posteriores al final del plazo de presentación de la autoliquidación. Por eso debes conservar facturas emitidas y recibidas, libros registro y justificantes durante al menos cuatro años. Si hubo fraude o no se presentaron declaraciones, el plazo puede ampliarse. Para inmuebles y bienes de inversión, los plazos de regularización de la deducción llegan a 10 años.

¿La calculadora admite tipos reducidos y operaciones exentas?

Sí. El campo Tasa de IVA (%) acepta cualquier valor entre 0 y 50, así que puedes introducir 4 para el superreducido, 10 para el reducido, 21 para el general español, 7 para el IGIC canario o 0 para operaciones exentas o con tipo cero. Los botones de tasas por país cargan los tipos generales como punto de partida; sustitúyelos cuando el producto o servicio caiga en otro tipo.

Fuentes

Metodología

Esta calculadora implementa las dos operaciones esenciales del IVA. El modo directo aplica Bruto = Neto × (1 + Tasa/100) para añadir IVA a una base imponible. El modo inverso aplica Neto = Bruto / (1 + Tasa/100) para extraer el IVA incluido en un precio con impuestos, y la cuota es la diferencia entre ambos importes. El campo de tasa acepta valores entre 0% y 50%, por lo que cubre los tipos general (21%), reducido (10%) y superreducido (4%) del IVA español, el IGIC canario y cualquier régimen IVA, IGV, GST o equivalente del mundo. La calculadora no decide qué tipo corresponde a un producto concreto; la clasificación, el lugar de realización y la aplicación de la inversión del sujeto pasivo siguen siendo responsabilidad del usuario.

Consejos Pro

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